
Componente 2.2. Profesorado.
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14. La carrera debe contar con un profesorado calificado, lo cual se definirá con base en: · Grado académico acorde con la carrera, el cual debe ser superior al diplomado, excepto en caso de inopia, según la especialidad. · Años de experiencia docente. · Formación o capacitación en metodología y didáctica de la enseñanza y medición de los aprendizajes. · Experiencias de actualización en cuanto a los contenidos de la disciplina. · Experiencias de actualización en cuanto a avances en el desarrollo de materiales, herramientas, maquinaria y equipo necesarios para la disciplina. · Años de experiencia laborando en actividades vinculadas con la disciplina. · Resultado de las evaluaciones regulares que le han aplicado sus estudiantes y sus superiores jerárquicos. |
35. Normas para la selección y la contratación del profesorado. |
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36. Tabla con la indicación de cada profesor según:
· Carrera o carreras que cursó y grado académico obtenido, con indicación de fecha. · Cursos impartidos en otras instituciones y cantidad de años, con indicación de fecha. · Cursos que imparte en la carrera por evaluar y en otras carreras de la institución, así como cantidad de años de impartirlos. · Cursos recibidos, así como experiencias o capacitaciones específicas en metodología y didáctica y medición de y evaluación de los aprendizajes. · Cursos recibidos, asistencia a congresos, pasantías, entre otros, relacionados con tópicos de la disciplina y fecha de la formación. · Certificaciones con las que cuenta cada profesor y fecha. · Publicaciones, materiales didácticos, otros materiales elaborados para apoyar la labor docente, exposiciones artísticas, manuales, entre otros que se consideren pertinentes citar según la naturaleza de la carrera. Para cada uno se deberán indicar los principales contenidos, la fecha u otras referencias necesarias. · Experiencias de actualización en cuanto a avances en el desarrollo de materiales, herramientas, maquinaria y equipo necesarios para la disciplina, con fecha de la formación o experiencia. · Experiencia laborando en actividades vinculadas con la disciplina (empresa o institución, cargo, responsabilidades asignadas, desarrollos tecnológicos, maquinaria y equipos utilizados, y años laborados) con indicación de la fecha de la experiencia. NOTA: Durante la visita de evaluación externa deben estar disponibles las evidencias probatorias de los cursos, así como otras experiencias formales de actualización de cada profesor. |
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37 Copia de certificaciones de competencias específicas para la disciplina, tales como informáticas, manipulación de alimentos, normas de contabilidad, entre otras de cada profesor. |
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38. Resultados por profesor de las evaluaciones regulares que le han aplicado sus estudiantes y superiores durante los últimos cuatro años. |
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39. Opinión de los estudiantes en cuanto al dominio de los contenidos de los cursos y a su capacidad para transmitir dichos contenidos por parte de los profesores. |
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15. La carrera debe garantizar que la jornada laboral del profesorado incluya, además de horas lectivas, atención de estudiantes fuera de clase, preparación de lecciones y actividades prácticas, elaboración y aplicación de instrumentos para medir los aprendizajes y calificación, así como participación en comisiones académicas y seguimiento a las prácticas. |
40. Disposiciones que establecen la jornada de contratación y las actividades bajo responsabilidad de los profesores. |
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41. Manual descriptivo de puestos para el profesorado. |
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42. Tabla, con el listado de profesores según curso, en la que se indiquen los tiempos asignados a las labores bajo su responsabilidad. |
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43. Opinión de los estudiantes en cuanto a la existencia de un horario extraclase específico para su atención por parte de los profesores. |
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16. Los profesores, según un procedimiento establecido, deben participar —dentro o fuera de la institución— al menos cada dos años en actividades de actualización profesional, capacitación o pasantías propiciadas y apoyadas por la misma carrera; actividades de las cuales debe desprenderse un informe presentado por el profesor. |
44. Procedimiento o normativa a seguir por el profesor para acceder a actividades de actualización profesional, capacitación o pasantías propiciadas por la carrera. |
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45. Tabla donde se indiquen las actividades de actualización profesional, capacitación o pasantías, así como su fecha de ejecución, en las cuales participó cada profesor y que fueron propiciadas por la carrera durante los últimos cuatro años. En caso de que un profesor no haya participado de estas oportunidades de formación, debe indicarse.
NOTA: Durante la visita de pares, deben estar disponibles los certificados de participación, notas oficiales de participación u otros elementos probatorios, así como los informes (de los últimos cuatros años) presentados por los profesores en cuanto a las actividades de actualización profesional, capacitación o pasantías. |
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46. Opinión de los profesores acerca de la existencia, pertinencia y suficiencia de las oportunidades bianuales de actualización profesional, capacitación o pasantías con el sector empleador en general u otras instancias propiciadas por la carrera. |
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17. Se debe evaluar a los profesores en cada ciclo lectivo. La evaluación la deberán realizar tanto los estudiantes como la coordinación de la carrera, y esta última deberá establecer y aplicar mecanismos de devolución de resultados para la retroalimentación y para la mejora del proceso de enseñanza y aprendizaje. La evaluación también debe contemplar la autoevaluación por parte de los profesores. |
47. Instrumento de evaluación que se aplica al profesorado. |
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48. Opinión del profesorado con respecto a la existencia y aplicación sistemática en cada ciclo lectivo de mecanismos de evaluación, así como sobre su pertinencia y devolución de resultados de las evaluaciones a los que están sujetos. |
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49. Opinión de los estudiantes en cuanto a si efectivamente se evalúa a los profesores en cada ciclo lectivo y sobre su percepción en torno a la incorporación de los resultados en la mejora del proceso de enseñanza y aprendizaje. |
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18. La carrera debe garantizar que al menos parte de su profesorado se desempeñe laboralmente en el área que enseña, de tal manera que incorpore su experiencia laboral al aprendizaje de los estudiantes. |
50. Tabla que contenga, por cada miembro del profesorado, indicación de su vinculación laboral actual fuera de la institución (sí o no), información sobre la empresa u organización, actividad principal de esta, medio de contacto de la entidad (al menos teléfono), actividades que desempeña el profesor, cargo, jornada laboral y fecha de ingreso. |
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19. La carrera o la institución deben asegurar que, antes de ingresar a la carrera, los profesores reciban la debida inducción sobre los diversos aspectos de la carrera y de la institución. |
51. Políticas de inducción al nuevo profesorado. |
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